La reaccionaria nueva ley del ISSSTE
será una derrota para la clase trabajadora de México
y sus familias derechohabientes. Miles quedarán al desamparo
ante la inminente aprobación de las modificaciones a esta
ley.
La reforma plantea que será
el gobierno quien invertirá 8 mil millones en salud y 2 mil
millones para préstamos personales los dará el ISSSTE.
Este presupuesto se extraerá de las economías presupuestarias
de los años 2007 a 2009, de subejercicios de dependencias
federales y de la obtención de ingresos extraordinarios en
la Tesorería de la Federación, distintos a los excedentes
petroleros. Por supuesto, habrá que considerar que esta iniciativa
viene acompañada de otras discusiones que también
se han planteado a las cámaras como la iniciativa a la privatización
de PEMEX y el conjunto de la industria eléctrica mexicana;
además, la estabilización del peso que demanda la
burguesía contempla un abanico de privatizaciones y de ingerencia
del capital extranjero sobre el resto de la economía nacional,
lo que nos lleva a que el futuro de los pensionados y jubilados
será bastante oscuro.
El ISSSTE es una institución
del Estado que ampara aproximadamente a 10.1 millones de personas,
de las cuales 2.3 millones son trabajadores, 0.4 millones pensionistas
y 7.4 millones son familiares. El sistema del ISSSTE se integra
con diversos fondos que cubren un conjunto de 21 seguros para los
trabajadores al servicio del Estado, mismas que el gobierno pretende
que transformar en prestaciones para posteriormente impulsar el
cobro de las mismas como medida de corresponsabilidad en el saneamiento
financiero.
En el ISSSTE, de cada 100 derechohabientes,
25 son de la tercera edad; o sea, de 60 años o más.
La nueva Ley del ISSSTE sienta las
bases para la conformación de un Sistema Nacional de Seguridad
Social del Estado comprometido por el gobierno de Vicente Fox. Enmarcadas
en las Reformas Estructurales que impone el Fondo Monetario Internacional/(FMI),
a través del Banco Mundial y el Banco Interamericano de desarrollo.
Reformas aplicadas a los trabajadores que dependen del otro bastión
de la seguridad social en México: el Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS).
En esto se basa la famosa portabilidad
de derechos pues la iniciativa pretende facilitar la migración
y portabilidad de derechos y requisitos entre los dos institutos
(IMSS-ISSSTE); entendiendo por esto que la pobreza que ofrezca un
servicio también la ofrezca el otro.
La clase en el poder dice que este
cambio tendrá implicaciones profundas en la organización
del instituto y en la vida cotidiana de los trabajadores, expresándose
de igual forma en la aplicación indiscriminada de los derechos
y su ejercicio en cualquiera de los dos institutos. Además,
estas iniciativas pretenden homologar el apartado A y B del artículo
123 constitucional referido a los trabajadores.
El gobierno pretende reducir los
21 seguros de la ley actual del ISSSTE en cuatro seguros análogos:
retiro, cesantía en edad
avanzada y vejez;
Invalidez y vida
Riesgos del trabajo
Salud
En cuanto a las pensiones
Se cambia el actual régimen solidario a cuentas individuales,
mismas que estarán en “equilibrio permanente”
sin responsabilidad del Estado de pagar la pensión a tiempo
que nos reste de vida al pasar al retiro. Como la pensión
depende de la cantidad de recursos que el trabajador y el Estado
aportan, la iniciativa permite que el trabajador “escoja”
su edad de retiro siempre que la cuenta individual se de por lo
menos 30% mayor a un salario mínimo del DF, la zona I del
país. En los trabajadores al servicio del Estado, la edad
de retiro será una decisión propia y no el límite
marcado en la ley; lo que quiere decir que uno decide cuánto
tiempo requiere trabajar para vivir menos y peor.
Se incorpora una cuota financiada
por el Estado. La cuota social es un monto fijo que equivale alrededor
de un 5.5% de un salario mínimo (alrededor de 2 pesos al
día), y es igual para todos los trabajadores sin importar
su nivel de ingreso. La aportación de los trabajadores en
activo sube el 3.5% actual a un 6.125%.
Los trabajadores podrán
adherirse al sistema del IMSS o mantenerse en el nuevo régimen,
o si quedan fuera del sector público pueden sumar su fondo
al sector privado, con todos lo peligros que esto implica y tomando
como ejemplo la crisis que sufrió Argentina en 2001 cuando
el sector privado tomó el dinero de los trabajadores y huyó
de ese país. Finalmente se instrumenta la mecánica
de las AFORES y SIEFORES.
Según esto, los jubilados
actuales no sufrirán cambio alguno, sin embargo, se verán
seriamente afectados cuando el fondo común se vea disminuido
por la falta de aportaciones al mismo por la planta actual de trabajadores
y los nuevos trabajadores. Lo que deja en una gran incertidumbre
su futuro y su vida.
Los trabajadores nuevos que ingresen
al sistema después de la reforma abrirán una cuenta
individual en la cual se depositarán todas las cuotas y aportaciones
para el retiro. Como su pensión es igual a todas las cotizaciones
por parte del gobierno y las del trabajador mismo, más el
rendimiento que estas generen, falta restarle a esta cantidad el
monto que cobran las AFORES y las SIEFORES, así como el monto
que cobran por la contratación del seguro de administración
de la pensión vitalicia.
Para terminar de amolar la cosa,
los trabajadores en activo podrán elegir entre dos opciones
a este respecto:
Dejar elegir a los trabajadores
activos mantenerse en el régimen actual con las modificaciones
que comenzarán a implementarse de forma gradual; ó
b. Recibir un bono de reconocimiento que les permita migrar inmediatamente
al nuevo sistema. Incluida la AFORE pública o privada.
Pero la opción A trae consigo
el incremento a la edad de jubilación. Hoy la edad mínima
de jubilación es de 48 años para mujeres y 50 para
los hombres. La nueva Ley, tomando la opción A, plantea que
estos números se aumenten cada dos años, para llegar
en 2028 a 60 años para los hombres, y 58 para las mujeres,
10 años más de explotación laboral para cada
quien. Se incrementará gradualmente el requisito para el
retiro por edad y tiempo de servicio de 55 años actuales,
a 65 años, de forma paulatina hasta 2018.
Otras afectaciones
Con el artículo 37 de la nueva Ley se elimina el derecho
a prestaciones de dinero y en especie; se excluye rehabilitación
y se incorpora tratamiento y consulta externa. Además se
cambia término de pensionistas a pensionados.
En este mismo sentido, según
el artículo 38, se cambia concepto: “cuando la enfermedad
incapacite al trabajador para el trabajo”, que establece la
antigua ley por “cuando la enfermedad imposibilite al trabajador
para desempeñar su actividad laboral”. Además,
se modifica que “tendrá derecho a licencia con goce
de sueldo o con medio suelto, conforme al artículo 111 de
la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado”,
por “tendrá derecho a licencia con goce de salario
o con medio salario pagado por la Dependencia o Entidad en que labore,
conforme a lo siguiente.”
La Ley del ISSSTE, no menciona
permanencia en el trabajo (tiempo de laborar) para determinar el
tiempo de licencia por incapacidad, sin especificar que tipo de
enfermedad sea.
La propuesta del Senador Ayala
matiza lo siguiente: a) a trabajadores con menos de un año,
licencia por enfermedad no profesional hasta 15 días de salario
íntegro y hasta 15 días más con medio salario;
b) de uno a cinco años de servicio, hasta 30 días
de salario íntegro y 30 días más a medio salario.
Enfatiza que si el trabajador continúa con licencia, el Instituto
con cargo a la reserva correspondiente del seguro de salud (¿al
individual?), cubrirá al asegurado el subsidio en dinero
equivalente al 50% del Salario Cotización que percibía
el trabajador al ocurrir la incapacidad. Enfatiza la pensión
en caso de trabajadores que no reúnan los requisitos establecidos
en el Artículo 112 (¿de quién?), pudiendo el
trabajador optar por retirar en una sola exhibición de su
Cuenta individual, al momento que lo desee.
La reaccionaria nueva ley del ISSSTE
va dirigida a todos los trabajadores al servicio del Estado y se
pretende hacer creer que no afecta a los que ya están pensionados
y jubilados y al resto de los trabajadores en activo, sino a quienes
alcanzarán ese derecho a partir de la entrada en vigor de
la ley. Se deroga la ley actual para aprobar una nueva. Sin embargo,
esto es una trampa que con la elaboración anterior ha quedado
demostrada y su único objetivo es dividir a la clase trabajadora
entre la disyuntiva “me afecta o no me afecta”. Lo que
nos lleva a que todos, los actuales y futuros trabajadores del Estado
serán gravemente afectados. Sin embargo esta posición
lleva consigo la división de la clase trabajadora como ocurrió
con la reforma a la Ley del IMSS.
Hoy los trabajadores tienen su
futuro en sus manos. Por sobre el clásico silencio e inacción
de los líderes charros, los trabajadores debemos tomar las
calles nuevamente por la defensa de nuestras conquistas, por la
derrota de este gobierno de hambre, miseria y explotación
e impulsar el paro nacional y la lucha callejera como las herramientas
que nos permitan alcanzar nuestros objetivos.